Límites a la compra
La Corte Suprema suspendió la derogación de la Ley de Tierras
El máximo tribunal dictó una medida cautelar que frena provisoriamente los efectos del DNU 70/2023 sobre la Ley de Tierras Rurales.
9 de Octubre de 2026
La Corte Suprema de Justicia de la Nación suspendió el artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, que había dispuesto la derogación de la Ley 26.737 de Tierras Rurales. Con esta decisión, las restricciones a la adquisición de campos por parte de extranjeros volvieron a regir de manera provisoria.
La resolución se conoció este viernes, luego de la controversia generada por un fallo anterior del mismo tribunal que había rechazado una demanda del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata, al considerar que la organización no tenía legitimación para impulsar el reclamo en los términos planteados.
En esta oportunidad, la presentación fue realizada por la Asociación Civil Árbol de Pie junto a comunidades originarias de Río Negro. El planteo puso el foco, entre otros aspectos, en la protección del ambiente y los recursos naturales, lo que llevó a la Corte a disponer una medida interina para evitar posibles daños irreparables mientras avanza el proceso judicial.
Qué restricciones vuelven a regir
La suspensión del artículo del DNU restablece temporalmente los límites previstos por la Ley de Tierras Rurales. Entre ellos, se encuentra el tope del 15 por ciento a la titularidad extranjera de tierras rurales, el máximo de mil hectáreas por titular extranjero en la zona núcleo y las restricciones sobre terrenos que contienen cuerpos de agua o están ubicados en zonas de frontera.
La normativa había sido aprobada para limitar la concentración de tierras rurales en manos extranjeras y establecer resguardos sobre determinados territorios y recursos naturales. Su derogación había formado parte de las medidas de desregulación impulsadas por el Gobierno nacional a través del DNU 70/2023.
La decisión de la Corte no resuelve de manera definitiva la constitucionalidad de la derogación. Se trata de una medida cautelar provisoria, mientras la Justicia analiza los planteos presentados y determina si corresponde mantener las restricciones.
Una disputa que continúa en la Justicia y el Congreso
Para alcanzar la mayoría necesaria, los ministros Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti convocaron a los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. El juez Carlos Rosenkrantz votó en disidencia y se opuso a suspender los efectos del artículo cuestionado.
Con la resolución, el expediente regresará al Juzgado Federal de Bariloche, que deberá avanzar en el tratamiento de la causa y en el análisis de los planteos pendientes.
En paralelo, la oposición busca impulsar en el Congreso el rechazo del DNU 70/2023, en una discusión que vuelve a poner en el centro el alcance de las facultades del Poder Ejecutivo, la protección de los recursos naturales y las condiciones para la adquisición de tierras rurales por parte de capitales extranjeros.
Por el momento, las restricciones de la Ley de Tierras vuelven a estar vigentes de forma provisoria. La definición de fondo dependerá del avance del expediente judicial y de las decisiones que se adopten en el ámbito legislativo.
