Sábado 28 de Febrero de 2026

POLITICA SOCIAL

El Senado sancionó la reforma laboral impulsada por el Gobierno

Con 42 votos a favor, 28 votos negativos y dos abstenciones, la Cámara Alta le dio lugar al pedido excepcional del Presidente Javier Milei.

28 de Febrero de 2026

El Senado de la Nación Argentina sancionó este 27 de febrero la reforma laboral ideada por el Presidente Javier Milei tras aceptar sin cambios las modificaciones que había introducido la Cámara de Diputados de la Nación días atrás.

 

El resultado de la votación mostró 42 votos a favor, 28 en contra y dos abstenciones, en una sesión que tuvo una duración de cuatro horas y que finalmente favoreció al Gobierno Nacional con el voto de sus representantes oficialistas, un sector de la Unión Cívica Radical, del PRO y una parte de senadores que responden a partidos Provinciales. El peronismo y la Izquierda se mantuvieron contrarios.

 

Los senadores representantes de la provincia del Chubut se dividieron la decisión, mientras que las integrantes de Despierta Chubut, Edith Terenzi y Andrea Cristina dieron su voto positivo, el senador peronista de Unión por la Patria, Carlos Linares voto en contra de la reforma laboral.

 

La llamada "modernización laboral" será aplicada en los próximos 90 días y entre las introducciones en el nuevo régimen laboral figura el "vencimiento de los convenios ante la no posibilidad de reever la situación y deja sin efecto su prórroga".

 

También en lo que respecta a despidos, se seguirá mantendiendo la base de un mes de sueldo por año trabajado con la mejor remnuneración mensual del último año en actividad. Se excluye definitivamente el aguinaldo en el monto final. Las indemnizaciones se abonarán en seis cuotas con actualización por inflación.

 

Las empresas tendrán la ayuda de parte del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que acompañarán el pago de las indemnizaciones a través de la financiación con aportes obligatorios del 1% de la masa salarial en grandes compañías y 2,5% en pequeñas y medianas empresas. Además se podrá cumplimentar el trabajo durante un período de seis meses con el nivel de contrato y decidir su renovación o no, mediante un acuerdo entre el empleador y trabajador. 

 

En algunos casos se podrán implementar doce horas laborales diarias y las vacaciones se podrán fraccionar en períodos no menores a 7 días con aviso previo de 30 días.

 

Por el lado del derecho a huelga, los servicios considerados esenciales que núclea a comunicación, educación, energia, salud y transporte deberán garantizar un funcionamiento del 75% durante el día de reclamo. Si existiera el desarrollo de una asamblea de trabajadores en su lugar de trabajo, el empleador tendrá el poder de suspender la mitad del salario a los protagonistas durante un mes.

 

La decisión de medidas de fuerza de parte de los sindicatos se deberán preavisar con 5 días de anticipación. El aporte a sindicatos y cámaras empresarias pasarán a ser voluntarios. 

 

 

  

 

 

 

 

 

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